Licencias
Para espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter extraordinario
Los espectáculos públicos y las actividades recreativas de carácter extraordinario son...
las que se llevan a cabo esporádicamente en establecimientos abiertos al público que tienen licencia para una actividad distinta a la que se pretende realizar. También lo son los que se llevan a cabo en espacios abiertos al público (calle, plazas, parque, jardines...) o en otros locales que, a pesar de no tener la condición de establecimiento abierto al público con licencia o autorización, cumplen las condiciones exigibles para llevar a cabo los espectáculos públicos o las actividades recreativas extraordinarias mencionadas.
Son espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter extraordinario eventos como conciertos, festivales, ferias, cabalgatas, rúas, fiestas de Fin de año, verbenas de San Juan o de Carnaval y discomóviles.
Por lo que respecta al órgano a autorizar este tipo de eventos, se diferencian dos casos:
Están sometidos a licencia municipal los espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter extraordinario que:
- Se lleven a cabo en municipios de más de 50.000 habitantes.
- Se lleven a cabo con motivo de fiestas y verbenas populares.
- Se lleven a cabo en un espacio abierto, de carácter público o privado.
Por el contrario, están sometidos a autorización de la Generalidad de Cataluña los espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter extraordinario que se lleven a cabo en municipios de menos de 50.000 habitantes.
En ambos casos nos encargamos de preparar toda la documentación para obtener la licencia del espectáculo o actividad y garantizar la implementación de las obligaciones legales que ésta requiera.